DOMINGO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2011
El ataque de Bueno Torio a la Constitución y a la libertad de prensa
Álvaro Cepeda Neri*
El político Juan Bueno Torio fue foxista. Ahora presume de ser calderonista y hace alarde de ser senador por Veracruz. Y no obstante que sus actos y antecedentes son de un servidor público, le molesta la información, análisis y críticas a su actuación. Tiene un gran poder económico por ser parte de una acaudalada familia veracruzana, en actividades cafetaleras y hoteleras. Y poder político como senador, panista y en consecuencia derechista a ultranza (los conservadores como tradición desprecian, odian y atacan las libertades de prensa).
Pertenece al Partido Acción Nacional desde 1995; es neopanista. Para escalar a diputado federal, fue coordinador de la organización civil Amigos de Fox en Veracruz, desde donde Fox y sus compinches arribaron al poder presidencial, nadando de a muertito en la corrupción, donde hoy bucean los calderonistas. Fue encargado de “los changarros” del foxismo que multiplicó brutalmente el comercio informal, para sacarle la vuelta al fomento del empleo formal.
La reportera Mireya Cuéllar ha seguido las huellas públicas del que fue director general de Petróleos Mexicanos (Pemex) Refinación, cuyo desempeño analiza con información veraz la reportera Ana Lilia Pérez en su libro: Camisas azules, manos negras. El saqueo de Pemex desde Los Pinos (Grijalbo, ya en tres ediciones: 2009-2010).
A pesar de que los tribunales del fuero común, en todo caso, con jurisdicción en el Distrito Federal, son los que deben conocer de actos y hechos que se imputan a los ciudadanos, Bueno Torio ataca a la Constitución desde su curul legislativa, para pisotear la democracia y el republicanismo de los artículos constitucionales: 1, 3, 5, 6 y 7, con sus leyes reglamentarias. Y, actor público y poderoso millonario intolerante, sin respetar estas instancias se fue a un órgano federal en materia civil, para enseñar los dientes y garras de la censura con su demanda a la periodista Ana Lilia Pérez Mendoza.
En ésta, se da baños de pureza, en el sentido de que es “una persona absolutamente respetuosa de la libertad de expresión”, pero no cuando se trata de sus actos y omisiones, ya que busca estar al margen de la información y la crítica, pasa por alto que la prensa es contrapoder para informar a la opinión pública de la conducta de sus representantes. No hay daño moral ni violación al honor o reputación del senador panista, puesto que en el libro –insisto– sobre hechos verídicos, no existen expresiones denigrantes, insultantes ni desmedidas.
Al pedir “100 pesos” como indemnización se hace pasar por “bueno”; pero adelantándose a la resolución del juez y usurpando funciones judiciales, pide a una periodista sin más recursos que su salario, millonaria cantidad para pagar la publicación en seis periódicos de lo que llama “sentencia condenatoria”. Y que cubra los gastos y costas de su equipo de 20 abogados. Incluso, en su demanda de marras, da “lecciones” sobre el uso del idioma, al torcer el significado del empleado por la reportera, para arreglarlo a sus fines perversos de atacar a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esto es un abuso de un servidor público contra los derechos de libertades de prensa para permanecer al margen de esa legalidad constitucional. La demanda presentada a finales de julio pasado busca saltarse la competencia judicial de los tribunales del Distrito Federal, donde tiene su espacio legal el trabajo de la reportera, donde radica la Cámara de Senadores de la que Bueno Torio es integrante; y que por juramento constitucional, debe someterse al imperio de esa ley.
En su demanda hace alarde de su cargo legislativo, y cree que por ser senador (la reportera informó sobre su desempeño de director general de Pemex Refinación) puede solicitar, contra el Estado de derecho, que le prohíban a la periodista difundir información sobre él. Bajo la interpretación subjetiva de quien suscribe no como senador, sino como ciudadano que es objeto del trabajo periodístico, la información, supuestamente, es falsa.
Mañosamente y para efectos de una definición sobre el honor, la vida privada y la propia imagen de Bueno Torio invoca la legislación del Distrito Federal para salirse por la tangente y ponerse la soga al cuello de que son los tribunales de la ciudad de México los que deben de conocer de imputaciones a los “representantes de elección popular” como es él, quien no aceptar ser objeto de información y crítica, que confunde con ofensas al honor. Así, la demanda ha de caer en el vacío de la improcedencia.
Y corresponde a la reportera iniciar una demanda por falsa acusación, abuso del poder por ostentación del cargo de senador (sin relación con su cargo de director en Pemex) y, sobre todo, el ataque a la Constitución al solicitar “La prohibición a Ana Lilia Pérez Mendoza de seguir difundiendo información [falsa, asegura el senador] sobre Juan Bueno Torio”, lo que equivale a prohibir que la periodista se dedique al trabajo lícito del periodismo; a vedar la manifestación de sus ideas y la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Es decir, a imponer la censura previa. Non plus ultra: la demanda no puede ir más allá por su improcedencia de jure a lo contenido como fines en la Constitución.